ORDEN de 14 de marzo de 2020, de la Consejera de Sanidad, por la que se adoptan medidas preventivas adicionales de salud pública en la Comunidad Autónoma de Aragón por la situación y evolución del COVID-19.
Esta ORDEN es de obligado cumplimiento y entra en vigor la noche del sábado al domingo a las 00:00 horas.
Una de las medidas más destacadas es la que dice que se suspende la actividad de los siguientes establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón:
a) Bares y cafeterías.
b) Bares con música y pubs.
c) Güisquerías y clubes.
d) Cafés-teatro y cafés-cantante.
e) Discotecas.
f) Discotecas de juventud.
g) Restaurantes.
h) Salas de festas.
i) Tablaos famencos.
j) Teatros.
k) Auditorios.
l) Cines.
m) Salas de conferencias y exposiciones.
n) Parques de atracciones y ferias.
o) Parques infantiles.
p) Circos.
q) Parques zoológicos y safari-park.
r) Instalaciones deportivas.
s) Museos.
t) Bibliotecas.
u) Salones recreativos, salones de juego, salas de bingo y casinos.
v) Establecimientos públicos no reglamentados.
-Los bares, cafeterías y restaurantes, siempre que estén cerrados al público, podrán prestar servicios de entrega a domicilio de alimentos.
-Se suspende la actividad de bares, cafeterías y restaurantes ubicados en establecimientos hoteleros, excepto para el servicio directo en habitación a los clientes hospedados.
Se puede descargar la ORDEN completa pulsando Aquí.
Desde el Ayuntamiento de La Almunia se pide la máxima colaboración ciudadana en la aplicación de estas medidas con el fin de volver a la normalidad lo antes posible con la eliminación del COVID-19.