Desde mañana 2 de mayo de 2020 se permite, dentro de las restricciones impuestas por el estado de alarma, realizar ciertas actividades al aire libre. Para ello se han establecido unas franjas horarias diferenciadas, que os dejamos aquí.
Estas son las respuestas a las preguntas más frecuentes que hemos ido recibiendo en el Ayuntamiento desde ayer:
PREGUNTAS FRECUENTES DE NUESTROS VECINOS
¿Puedo coger el coche para ir hacia Fontellas y allí empezar a correr o hacer senderismo?
No. Puedes hacer deporte a pie, en bicicleta, etc desde tu domicilio. No tienes limitación de tiempo DENTRO DE LA FRANJA HORARIA y DENTRO DEL TÉRMINO MUNICIPAL. Debes hacerlo en solitario y respetando en todo momento las medidas de distanciamiento.
¿Puedo hacer deporte más de una hora?
sí, siempre dentro de la franja horaria establecida y dentro del término municipal.
¿Puedo quedar con mi amigo para ir a correr?
No. El deporte sólo está autorizado para hacerlo en solitario, de forma individual.
Si no vivo con mi pareja ¿puedo salir con ella para pasear juntos?
No. Los paseos pueden hacerse en solitario o acompañados de una persona QUE CONVIVA CONTIGO EN TU DOMICILIO.
¿Puedo pasear más de una hora?
no, los paseos sólo pueden tener una duración máxima de una hora y no más de a 1km de distancia de tu casa.
¿Puedo salir varias veces al día?
No puedes salir a hacer deporte o a pasear varias veces al día. Pero sí puedes salir una vez a hacer deporte o a pasear, y salir el mismo día a acompañar a un menor o a una persona dependiente, o a realizar las compras de alimentación, etc.
¿Y si nos juntamos muchos en el camino?
Debes respetar siempre las distancias de seguridad. Los peatones tienen preferencia sobre las bicicletas en cuanto al uso del camino.
¿Puedo sacar al abuelo a pasear?
Las personas mayores de 70 años pueden salir solos o acompañados de una persona de entre 14 y 70 años QUE CONVIVA CON ELLOS EN EL DOMICILIO. Pueden hacerlo de 10.00 a 12.00h y de 19.00 a 20.00h. Si son dependientes también les puede acompañar una persona cuidadora aunque no viva con ellos.
¿Puedo ir al huerto?
Sí. Ya está permitido ir al huerto de autoconsumo. No se le aplica la limitación horaria que regula la práctica de deporte o los paseos. Pero el huerto debe estar dentro del término municipal o en un municipio adyacente (en nuestro caso: en término de Ricla, Alfamén, Alpartir o Calatorao). Y debe ser de titularidad propia (propiedad o alquiler). No se puede ir al huerto de otra persona.
En el huerto se debe permanecer el tiempo necesario para atenderlo y se debe ir solo, excepto si te acompaña una persona incapaz (menor o mayor).
¿Puedo ir al huerto en coche?
sí. Pero únicamente dentro del término de La Almunia o a los municipios colindantes.
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Os dejamos también unas infografías que ha preparado nuestra policía local sobre los Paseos/Deporte y sobre los Huertos
Si quieres consultar los boletines oficiales, puedes pinchar aquí para la regulación de los paseos y deporte y aquí para la regulación de las salidas a los huertos.